El pleno del Ayuntamiento de Liérganes ha aprobado la ordenanza fiscal que regula la instalación de terrazas y otros elementos análogos exteriores asociados a la hostelería. Según ha explicado el alcalde, Santiago Rego,“se trata de una medida sin afán recaudatorio, que solo busca regular y ordenar la disposición sobre el suelopúblico de esos elementos, y dar valor al suelo público y cumplir con la norma, tras haber incluido el equipo de gobierno todas las propuestas de la Asociación de Hostelería de Liérganes”.
La tasa correspondiente deberá abonarse una vez al año y se calculará atendiendo a los metros cuadrados o módulos de ocupación. El precio variará en función de si la terraza o el velador se ubican en Pámanes o en Liérganes. Queda así derogada la ordenanza de 1987, lo que permite, además, regularizar algunas terrazas que contaban con un permiso en precario a consecuencia de la pandemia del Covid, ha precisado el regidor.
Dado que el Casco Histórico de Liérganes está declarado Conjunto Histórico desde 1979 y Bien de Interés Cultural (BIC) desde 1999, la colocación de cualquier tipo de mobiliario urbano en el mismo, estará sujeta al informe favorable del Consistorio, quien deberá pronunciarse sobre su tipología y lugar de instalación. De hecho, se recoge en el texto que queda prohibido el uso de mobiliario o sombrillas con marcas publicitarias, entre otras cosas.
Se prohíbe, además, de forma general, la instalación de máquinas recreativas, expendedoras de bebidas, billares, futbolines o instalaciones análogas en los espacios destinados a terrazas. Asimismo, la ocupación de la vía pública para la instalación de terrazas de cualquier tipo deberá cumplir una serie de requisitos, entre ellos no dificultar la circulación de peatones libre de obstáculos, y respetar unas distancias mínimas en relación al mobiliario urbano existente como papeleras, bancos, y fuentes, entre otras. En la ordenanza se explicita que las terrazas podrán ser utilizadas durante todo el año hasta las 0:00 horas los días laborables y festivos y hasta la 1:00 los viernes, sábados y vísperas de festivos, excepto durante el periodo estival, de junio a septiembre, que podrán ampliar su horario de cierre una hora y 30 minutos.
La ordenanza será de aplicación no sólo a la instalación de terrazas en los terrenos de uso y dominio público, sino que es extensiva a las terrazas sobre espacios de titularidad privada,pero de acceso y uso público y visibles desde el espacio público. “No hay afán recaudatorio alguno, sino simplemente el ordenar los espacios públicos ligados a la hostelería y cumplir con la norma”, ha añadido el alcalde de Liérganes.
La ordenanza recoge también la obligación de los propietarios de la terraza de mantenerla en las debidas condiciones de seguridad y ornato, siendo responsable de la limpieza del espacio público afectado por su actividad, debiendo limpiarlo con la frecuencia que sea precisa, y en todo caso, diariamente después del cese de la misma, retirando los materiales resultantes residuales.